| Tokyo, 26 Mayo 2012 | |
| "Me separé de mi esposa japonesa, ¿pueden quitarme la visa permanente?" | |
| INMIGRACIÓN | |
| Luis Alvarez / | |
Por Takefumi Miyoshi* Pregunta:"Hace cinco años que me casé. Primero me dieron un año de visa y después tres años. En agosto del año pasado presenté mis papeles para renovar mi visa con la ayuda de mi esposa japonesa y este año después de seis meses me dieron la visa permanente. Recietemente hemos decidido separarnos de mutuo acuerdo. No tengo hijos. Al divorciarme, ¿existe el riesgo de que Inmigraciones pueda quitarme la visa permanente? Yo no tengo descendencia japonesa". Respuesta: El fondo, razón y fundamento por el que le permitieron la residencia en Japón a usted ha sido la presencia de su cónyuge de nacionalidad japonesa. Usted ha expresado que no tiene hijos, eto quiere decir que no tiene vinculación especial con la sociedad japonesa. Entonces, el divorcio de su esposa japonesa será razón suficiente para que Migraciones no permita que continúe residiendo en Japón. Teniendo en cuenta la reforma de la Ley de Inmigración que aprobó el Congreso el 15 de julio (del 2009), las personas con estatus de residencia como cónyuge de nacionales japoneses o de personas con residencia permanente, deben declarar el divorcio o deceso de su pareja en un plazo máximo de 14 días. Este aviso debe realizarse en la Oficina de Migraciones más próxima al lugar de residencia. En caso de no realizar este procedimiento, Inmigración cancelará su estatus de residencia de manera inmediata. De este modo, si es que pasan seis meses desde que tuvo lugar el divorcio o la muerte del cónyuge y no se ha dado aviso sobre el hecho, Inmigración puede hacer cumplir su autoridad y tramitar el proceso de deportación al país de origen.
En su caso particular no habría posibilidad de que obtenga la residencia, a menos que se encuentre en alguna de las siguientes condiciones especiales (estas son las mismas que enn la anterior Ley de Inmigración): *Takefumi Miyoshi trabajó en diversos sectores del gobierno japonés como el Ministrio de Justicia y el Departamento de Inmigración. Es autor de varios libros en idioma portugués relacionados al asunto, entre ellos, "Manual da Lei de Imigraçao Japonesa". Dirección de su oficina: Tokyo-to, Tama-shi, kaidori 1-31-1-503. Consultas en japonés, portugués e inglés al teléfono 042-371-8066. E-mail: joshua-galasha@mvg.biglobe.ne.jp |
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